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6 Jul 2010

PIGNORA OBRAS DE ARTE QUE CON ALGO TE QUEDAS

Por Beatriz Niño

Si de alguna cosa estamos todos de acuerdo es que lo que falta hoy día a la mayoría de mortales es liquidez. Las obras de arte son bienes que, a veces, pueden remediar males -económicos me refiero- puesto que, ante un imprevisto o situación de especial necesidad, pueden servir como garantía para obtener una forma de financiación rápida.

Pignorar la obra puede ser una de las formas de obtener ese dinero que necesitamos transitoriamente. Aunque la palabra “pignorar” nos puede resultar difícil de identificar lo entenderemos mucho mejor si decimos “dar en prenda o empeñar” o “depositar la obra en garantía de un crédito obtenido”.

Y ¿cómo funciona?. La mecánica es simple: el Sr. A tiene un Barceló en su casa valorado en 300.000 euros y necesita liquidez; el Sr. B  tiene el dinero y está dipuesto a dejárselo al Sr. A durante un plazo de tiempo quedándose en garantía el Barceló y cobrando unos intereses. Luego viene el intercambio: tú me das el dinero y yo te dejo el cuadro en garantía. ¿Qué me devuelves el dinero y los intereses?, pues tan amigos y recuperas el cuadro. ¿Qué no?, pues me quedo el cuadro para venderlo o subastarlo y así obtener el dinero que te he dejado.

Además, existe una modalidad, que se llama “prenda sin desplazamiento”,  en la que incluso puedo continuar disfrutando del cuadro: yo propietario me quedo la obra en depósito con el derecho a usarla sin menoscabar su valor y sin poderla trasladarla sin el consentimiento de nuestro Sr. B. O sea, podría continuar teniendo el Barceló colgado en el salón de casa pero no podría cederlo para una exposición sin que fuera aprobado por el Sr. B.

Evidentemente todo esto hay que ponerlo por escrito y ha de quedar bien documentado. Para según que tipo de operaciones y en función del importe económico que esté en juego sería importante instrumentalizarlo además a través de una escritura pública o una póliza intervenida por medio de un Notario a fin de poder tener acceso al Registro General de Bienes Muebles.

6 Julio, 2010 at 13:40 by admin

Tags: pignorar obras de arte; abogados especialistas arte; depósito obras de arte
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