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9 Jul 2012

CONVENCIÓN UNESCO DE 1970: OBRAS ARTE ROBADAS O EXPORTADAS ILÍCITAMENTE

Por Isabel Niño

La Convención de la UNESCO de 1970 contiene las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y transferencia de propiedad ilícita de objetos de arte y bienes culturales. Así, constituye desde hace más de 40 años la base jurídica internacional de lucha contra el tráfico ilícito. Actualmente, la Convención ha sido ratificada por 122 Estados Miembros de la UNESCO, España lo hizo en 1986.

El pasado 20 y 21 de junio se celebró en la UNESCO la Segunda Reunión de los Estados Partes en la Convención, a la que asistimos como Observadoras. Como Presidente se nombró al Embajador de Méjico permanente en la UNESCO y se recogieron diferentes propuestas de estrategias para mejorar la aplicación de la Convención de 1970, a saber:

En primer lugar y como objetivo principal, se encuentra la de que todos los países adopten esta base jurídica y la completen, es decir, conseguir el aumento del número de ratificaciones de la Convención con el objetivo de armonizar las disposiciones jurídicas (al integrar la Convención en el derecho interno de cada país) e impedir, de esta forma, que los traficantes se valgan de las deficiencias de las legislaciones nacionales para blanquear los bienes objetos del tráfico, volviendo a colocar los que fueron robados o exportados ilícitamente en el circuito legal del mercado del arte.

Sigue siendo, por tanto, una necesidad armonizar las legislaciones nacionales y los mecanismos de cooperación internacional para brindar una protección más completa y amplia posible a los bienes culturales en circulación.

En segundo lugar, dado que en la Convención no se prevé explícitamente la creación de órganos encargados de realizar un seguimiento regular y completo de la aplicación de la Convención, así como, no se cuenta con un marco específico para debatir las dificultades que plantea la aplicación del tratado y sus propuestas de mejora, se plantea otro desafío cual es la de reforzar la aplicación y eficacia de la Convención (especialmente en América Latina, África y Europa sudoriental) mediante numerosos seminarios jurídicos, prácticos, informativos y de fortalecimiento de capacidades.

Apuntar, por último, tres pinceladas sobre la Convención de 1970:

  • Cubre la prevención del tráfico ilícito, la restitución de objetos robados y la cooperación para facilitar la restitución de objetos ilícitamente exportados.
  • A través de la Convención pueden solicitar la restitución de las obras de arte tanto los Estados parte por vía diplomática como los particulares por vía judicial
  • Según la Convención el Estado parte requiriente debe abonar una indemnización equitativa a la persona que adquirió de buena fe o que es poseedor legal del bien robado o exportado ilícitamente.
9 Julio, 2012 at 18:10 by admin

Tags: Convención 1970, exportación ilícita, obras arte robadas, UNESCO
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18 Jun 2012

OBSERVADORAS EN LA UNESCO

Por Nial Art Law

Hace unos meses fuimos invitadas por la UNESCO de París como observadoras para participar hoy 19 de junio en la primera reunión relativa al funcionamiento práctico del Convenio UNIDROIT de 1995 y los siguientes días 20 y 21 de junio en la segunda reunión de los Estados Partes en la Convención de 1970.

Ambas Convenciones luchan contra el tráfico ilícito de objetos de arte y de bienes culturales. En concreto, la Convención de UNIDROIT de 1995 trata sobre los bienes culturales robados o ilícitamente exportados. Y la Convención de 1970, hace referencia a las medidas para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia ilícita de la propiedad de bienes culturales.

Dichas reuniones están encaminadas a revisar la implementación práctica de las Convenciones y debatir, adoptar acuerdos y realizar recomendaciones para mejorar su efectividad.

Prometemos que el próximo post haremos resumen de todo ello. À bientôt!

18 Junio, 2012 at 12:56 by admin

Tags: Bienes Culturales, Convención 1970, Convención UNIDROIT 1995, Exportación ilegal, importación ilegal, objetos de arte, tráfico ilícito objetos de arte, UNESCO
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