Nial Advocats

Abogados Especialistas en Derecho del Arte
  • Home
  • NIAL-ADVOCATS

Archive for the ‘Casas de Subastas’ Category

You are currently browsing the archives for the Casas de Subastas category.

20 Jul 2010

Dinero tostado al sol para compra de obras de arte

Por Beatriz Niño  
 
La nueva normativa sobre el blanqueo de capitales está  en marcha desde el mes de abril del presente año 2010, (Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo) y no hace más que incorporar al derecho español Directivas Comunitarias.
 
Aunque son diversos y de sectores muy variados  las personas a los cuales la ley impone una serie de obligaciones (abogados, notarios, entidades financieras y aseguradores, auditores de cuentas y asesores fiscales, promotores inmobiliarios y un largo etcétera) tampoco se salvan las “personas que comercien profesionalmente con objetos de arte o antigüedades”.  
 
 Las obligaciones más importantes para estos últimos (galeristas, antiquarios, casas de subastas y marchantes, entre otros) se podrían resumir de la siguente manera:
a) Deben exigir el DNI, pasaporte o similar a los clientes que efectúen transacciones con objetos de arte o antigüedades.
 
b) No deben llevar a cabo operaciones “sospechosas”  en las que pueda existir algún tipo de indicio de blanqueo de capitales sin  haberlo comunicado al “Servicio Ejecutivo para la Prevención del Blanqueo de Capitales” (SEPBLAC) del Banco de España.
 
 
c) Deben comunicar al SEPBLAC cualquier indicio de blanqueo de dinero a quienes, además, deberán facilitar cualquier documentación e información que les sea reclamada.
 
d) Deben conservar durante DIEZ AÑOS -atención porque con la anterior normativa eran seis años- los documentos acreditativos de las operaciones realizadas.   
 
 e) Además, existe la prohibición de revelación (en definitiva: “chivarse” al SEPBLAC sin decírselo al cliente).
El incumplir estas obligaciones puede suponer amonestación y multa que según el tipo de sanción de que se trate puede ser desde 60.001 euros (ojo también en este punto porque antes el importe mínimo era de 6.010,12 euros y ahora son diez veces más!!) a 1.500.000 euros. Poca broma, poca broma con el tema.
  
20 Julio, 2010 at 17:42 by admin

Tags: blanqueo de dinero, obras de arte
Posted in Casas de Subastas, Galerías de Arte | No Comments »

30 Mar 2010

Retirada de lote

Por Isabel Niño

El “Retrato de Ángel Fernández de Soto”, 1903 (también llamado el bebedor de absenta),  de la época azul de Picasso se pondrá a la venta, finalmente y después de la discordia,  en la noche del próximo miércoles 23 de junio en la subasta de arte impresionista y moderno en la sala de subastas Christie´s de Londres.

La pintura había sido retirada de la venta en la sala de subastas Christie’s de Nueva York en noviembre de 2006 debido a una demanda judicial interpuesta por Julius Schoeps, heredero de Paul von Mendelssohn-Bartholdy, banquero alemán de origen judío, que aseguraba que en 1935 su familia, como tantas otras, había sido víctima de la violencia y acoso nazi, con lo que se vio obligada a exiliarse y vender el retrato. Posteriormente, en septiembre de 1936, Justin Thannhauser, marchante de arte, vendió la obra a una empresa de Nueva York y, más tarde, en 1995 fue adquirida en una subasta de la casa Sotheby’s por el compositor Andrew Lloyd Weber.

Volviendo a noviembre de 2006, dicha pintura fue retirada de la venta en Christie´s a petición de su propietario tras varias horas de intercambio de opiniones con el heredero de Paul von Mendelssohn-Bartholdy sobre la propiedad de la obra. Finalmente, el conflicto fue resuelto por un acuerdo que pasó por retirar todas las demandas interpuestas y dejar a la Fundación Andrew Lloyd Weber libertad de vender la obra.

Por su parte, el presidente de Christie’s anunció que no se excluía la posibilidad de que la casa de subastas tomara medidas legales “por los daños y perjuicios” que les habían causado las demandas interpuestas por Julius Schoeps.

¿Puede una casa de subastas reclamar por daños y perjuicios?  Lo que puede hacer es reclamar al cedente (Andrew Lloyd Weber) que abone a la sala de subastas una cantidad equivalente al tanto por ciento estipulado en las condiciones generales de la subasta del valor de salida del lote retirado, en concepto de indemnización, más los gastos causados.

¿Y que hubiera pasado si finalmente se hubiera llevado a cabo la subasta y Julius Schoeps hubiera demostrado ser el legítimo propietario? Pues que Christie’s hubiera tenido que pagar a Schoeps como legítimo propietario el precio final del remate más la indemnización por daños y perjuicios.

30 Marzo, 2010 at 17:25 by admin

Tags: casa subastas, indemnización daños y perjuicios, lote, Sala de subastas
Posted in Casas de Subastas | No Comments »

1 Feb 2010

Esta obra de arte es falsa

Por Beatriz Niño

Subasta Nial Advocats

Me llamo Juliette y soy una fervorosa apasionada del arte. Como dijo Marcel Duchcamp “el arte es la idea”. Me encanta asistir a galerías, ir a museos y adquirir piezas de arte en subastas. Con los años he conseguido una colección que, aunque no es muy homogénea, a mi me entusiasma. Además, detrás de cada obra hay una historia.

Sin embargo, la última adquisición me ha provocado un verdadero quebradero de cabeza. Le había tirado el ojo a una obra estupenda de Salvador Dalí: un dibujo a dos tintas de un caballero con lanza. Nada más verla expuesta en los días previos a la subasta me dejó prendada. Precio de salida: 30.000 euros. Precio de martillo: 48.000 euros. Todo y que otro licitador se puso un poco duro,  finalmente me la adjudiqué.

Una vez con la obra en mi poder fui a la Fundación Gala Dalí a solicitar una valoración y la respuesta fue tajante: esta obra es falsa. Era la primera vez que me pasaba una cosa así. 48.000 euros tirados a la basura. Evidentemente, lo primero que hice fue volver a la casa de subastas y poner el grito en el cielo.  Sus respuestas fueron del todo evasivas: que si hablarían con su cliente anterior propietario de la obra, que si la obra estaba perfectamente documentada… ¿Podían sacárseme de encima tan alegremente?. Informándome sobre el tema descubrí que según la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios las casas de subastas son responsables, juntamente con los propietarios de los bienes, en este tipo de asuntos.

1 Febrero, 2010 at 18:34 by admin

Tags: casas de subastas; coleccionistas; obras de arte falsas; abogados arte
Posted in Casas de Subastas, Coleccionistas | No Comments »

20 Dic 2009

La venta de obras de arte en el mercado secundario

Por Beatriz Niño

En el mundo del arte, se conoce el MERCADO PRIMARIO como aquel en el que una obra de arte aparece en el mercado artístico por primera vez. Así entre  el artista y el particular, coleccionista, fundación o especulador sólo hay un intermediario. Por su parte, el MERCADO SECUNDARIO abarca todas las reventas y aquellas transacciones que implican más de un intermediario.

Las casas de subastas forman parte del mercado secundario (¿sabíais que la palabra subasta procede del latín: sub hasta, bajo la lanza ya que la venta del botín de guerra se anunciaba con una lanza y la venta se realizaba ante la misma?).

Uno puede tener relación con una casa de subastas por dos motivos fundamentales. El primero es porque quiera vender una obra de arte (un cuadro de Ramón Casas, por ejemplo). En este caso el propietario firma un documento -el CONTRATO DE SUBASTA- encargando la venta del Casas a la casa de subasta a fin de venderlo al precio más alto posible. La empresa de subastas cobrará una comisión al vendedor por la gestión que suele oscilar entre el 15% y el 25% .

El segundo motivo es porque esté interesado en comprar una obra de arte (el Ramón Casas, por seguir con el mismo ejemplo). En este caso, el interesado  firmará otro documento distinto –el CONTRATO DE LICITACIÓN- que es un contrato de adhesión (existen unas condiciones fijas igualitas para todo el mundo y si te gustan las firmas y si no te quedas sin poder comprar el Casas) y plurilateral ya que va dirigido a varias personas a la vez (todos los demás que asistirán a la subasta conmigo). La empresa de subastas cobrará una comisión al comprador que suele ser del 16% o 17%.

Para que lo veais más claro, abajo tenéis un pequeño esquema-resumen:

Esquema CASAS DE SUBASTAS

20 Diciembre, 2009 at 0:25 by admin

Tags: casa de subasta, casas de subastas; mercado primario; mercado secundario; contrato de subasta; contrato de licitación, contrato de licitación, contrato de subasta, mercado primnario, mercado secundario
Posted in Casas de Subastas | No Comments »

  • Suscríbete:

    Dirección de E-mail:

    Delivered by FeedBurner

  • Entradas recientes

    • RECEPTACIÓN
    • Dinero tostado al sol para compra de obras de arte
    • RECUPERAR UN CUADRO EXPORTADO ILEGALMENTE
    • PIGNORA OBRAS DE ARTE QUE CON ALGO TE QUEDAS
    • ROBO INTERNACIONAL
  • Categorías

  • Calendario

    Septiembre 2010
    L M X J V S D
    « Jul    
     12345
    6789101112
    13141516171819
    20212223242526
    27282930  
  • Nube de etiquetas

    ABOGADOS Arte artista asegurar obra arte autentificar Barcelona Bienes Culturales Castillo de San Ferran; Castell de Sant Ferran; bien de interés cultural; BIC Catalunya ceder comisión comprar conservar declarar Denuncia Derecho donar euro Exportación ilegal exportar falsificar galerista Gremi Hacienda heredar herencia; obras de arte; testamento importar impuestos IVA IVA especial IVA especial; Galerías de Arte IVA general ladrón Museo Nuestra Señora de las Mercedes; monedas de oro y plata Object ID Odissey póliza de seguro pagar impuestos participación; artistas; porcentaje; mercado del arte patrimonio histórico robar robo tasar vender
  • Enlaces

    • Castillo de San Ferran
    • Conferencia IVA especial
    • GGAC
    • Nial Advocats
Nial Advocats is proudly powered by WordPress
Powered by Ahora94
Entries (RSS) and Comments (RSS).