Archive for Junio, 2009
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Por Beatriz Niño
Leí el otro día en un periódico que la Hacienda Pública española percibió entre 1997 y el 2008 obras de arte (de autores nacionales e internacionales) valoradas en 200 millones de euros como pago de deudas tributarias.
Si decidimos pagar un impuesto mediante la entrega de una obra de arte, primero nos tendremos que dirigir a la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español para comunicar tal decisión y solicitar su dictamen (valoración).
Ojo al dato, será muy conveniente hacerlo con tiempo suficiente para poder obtener el dictamen antes de que finalice el plazo voluntario del pago del impuesto.
Al mismo tiempo que se solicita la valoración se tiene que presentar la siguiente documentación: la que acredite la propiedad de la obra, sobre la obra de arte (material gráfico) y valoración económica.
Posteriormente, la Comisión de Valoración decidirá si nuestra obra de arte es de interés para su inclusión en las colecciones públicas o no y nos comunicará tal decisión.
Si ha sido aceptada ya podemos dirigirnos a Hacienda. Todo y que si a uno no le satisface la valoración siempre puede pagar en metálico su deuda.
Sí, nos pongamos como nos pongamos, mediante obra de arte o metálico pagar hay que pagar.