Nial Advocats

Abogados Especialistas en Derecho del Arte
  • Home
  • NIAL-ADVOCATS
9 Mar 2010

Falsificación obra de arte

Por Isabel Niño

Leyendo el domingo el diario La Vanguardia encontré acertadas dos afirmaciones de Carme Sandalinas (investigadora de la UPC y jefa del departamento de conservación-restauración del Museo Frederic Marès) en relación a las falsificaciones de obras de arte.

La primera, básica para entender el delito de falsificación, es que copiar, pintar “a la manera de” o realizar un pastiche no es delito; sí lo es vender como auténtico algo que no lo es, con plena conciencia. Es decir, cuando se tiene intención de engañar.

Y la segunda, que podemos encontrar dos tipos de obras falsas: la de nueva creación y la obra de arte original a la que se le confiere una atribución provechosa comercialmente, partiendo incluso de manipulaciones como la adición o supresión de firmas en pintura.

Cuando en 1880 el barón Alphonse de Rothschild, apasionado coleccionista, exhibió ante su círculo de amistades un altar del siglo XVI que acababa de adquirir, una de ellas se lo llevó aparte y le aseguró que aquel altar ornamentado con maravillosos esmaltes de vivos colores, que el resto de los invitados seguía admirando en ese mismo momento, no era más que una excelente copia cuyo original se encontraba en Italia. Rothschild denunció a quien se lo había proporcionado; el proceso destapó la estafa: el anticuario encargado de la restauración del original había aprovechado la ocasión para realizar una copia, tan desvergonzada como mañosa.

Buena elección la de denunciar el barón Rothschild al anticuario; denuncia que hoy en día se puede presentar ante la policía o ante el Juzgado del lugar donde ocurrieron los hechos (esto es dónde se vendió la pieza en cuestión). Sin embargo, cabe otra alternativa, menos costosa económicamente hablando y, en muchas ocasiones, muy efectiva: la reclamación extrajudicial (p.e. una carta de reclamación enviada mediante burofax certificado con acuse de recibo), que además, si no tiene el efecto deseado, nos puede servir después en el procedimiento judicial como prueba de nuestras pretensiones.

Otra cuestión es la de demostrar que la obra es falsa para poderlo denunciar tanto extrajudicial como judicialmente. Para ello es preciso un certificado de un experto reconocido en la materia y/o un estudio científico que, según de la pieza que se trate y de lo que se pretenda analizar se puede llevar a cabo a través de pruebas tales como la radiación ultravioleta, rayos x, espectroscopía Raman-Láser, gammagrafía,…

9 Marzo, 2010 at 13:42 by admin

Tags: certificado experto, Denuncia, Falsificación obra de arte, informe científico, reclamación extrajudicial, reclamación judicial
Posted en General | Sin Comentarios »

2 Mar 2010

Los tres coleccionistas, los sabios y los malvados

Por Beatriz Niño

Había una vez un culto coleccionista que decidió hacer caso de los consejos que los sabios del lugar le propusieron e inscribió las obras de arte que había atesorado durante años en el Inventario General de Bienes Muebles. Los sabios le dijeron qué tenía que declarar y que no y cómo lo tenía que hacer para que los malvados (léase, Hacienda) no pudieran quedarse con parte de su fortuna. El resultado fue que cuando murió, sus hijos, aparte de llorar enormemente su pérdida, pudieron continuar disfrutando de las obras de arte de su padre al tener que pagar sólo un 5% de la fortuna artística a los malvados.

Había una vez otro coleccionista que decidió, también asesorado por los sabios del lugar y puesto que le gustaba mucho poder compartir su arte con sus vecinos, ceder parte de su colección artística por más de tres años a un museo de la villa para que todo el mundo pudiera admirar los enormes lienzos que había ido comprando con los años. El resultado fue el mismo que con el culto coleccionista: sus herederos sólo tuvieron que liquidar el 5% de la fortuna artística a los malvados y todo el mundo pudo continuar disfrutando de las obras.

Pero había un tercer rácano y  ávaro coleccionista que desoyó a los sabios del lugar, a los que ni siquiera quería escuchar, y sobre los que pensaba que daban consejos demasiado caros que no merecían ser oídos, que no hizo nada con sus obras de arte aparte de que se llenaran de polvo con los años. Al morir sus hijos tuvieron que pagar enormes cantidades a los malvados hasta el punto que necesitaron vender parte de las obras de arte de su padre para poder sufragar todos los gastos.

Moraleja: sé más sabio que los sabios y escucha a éstos últimos para evitar pagar a los malvados.rialla

Nota: Fijaros bien en la foto. Es un mural del artista  Lewis Lavoie. Si entráis en el link veréis a través del video de youtube cómo lo hizo. Una maravilla. Y es que no todo es lo que parece!!.

2 Marzo, 2010 at 23:23 by admin

Tags: coleccionistas; obras de arte; reducción impuesto de sucesiones
Posted en Coleccionistas | Sin Comentarios »

22 Feb 2010

Venta en feria de arte

Por Isabel Niño

Estaba en Madrid el jueves pasado hablando con una galerista que tenía stand en la feria y me mostraba su malestar con una artista innovadora, cuyas obras ella tenía expuestas en su stand, al haber permitido aquella que, otro galerista, también expositor en la feria, hubiera llevado obra suya.

Le respondí que estuviera tranquila porque no era comparable la calidad técnica de las obras de su stand con las del otro galerista que vendía grabados, por lo que a la misma autora se refería. Ella rápido me contestó que mi punto de vista era el de “un ojo educado” pero que la mayoría de la gente lo que valoraba, desgraciadamente, no era la calidad o la técnica de la obra sino su precio. Por lo que poco podía hacer.

Efectivamente, se encontraba en un punto delicado. Porque, además, en cuanto había hablado con la artista para sugerirle que prohibiera explotar al otro galerista la obra en esa feria aquella le había contestado que de verano.

¿Pero que hubiera pasado si el otro galerista no hubiera tenido cedido el derecho de distribución (venta) de la obra por parte de la artista y ésta le hubiera, efectivamente, prohibido venderla en la feria?. Pues esta claro, que mi amiga galerista hubiera estado más contenta que unas pascuas: sin competidor más beneficios.

De ahí la importancia de proponer firmar siempre un contrato con el artista (o con quien tenga cedidos los derechos) de cesión de derechos para que te permita con total libertad exponer y poder vender la obra donde y cuando quieras. Ya que recuerda que por el mero hecho de ser sólo el propietario de la obra de arte (soporte físico) no te da derecho a copiarla, distribuirla ni comunicarla públicamente sin el consentimiento del artista.

22 Febrero, 2010 at 17:27 by admin

Tags: artista, comunicación pública obra arte, contrato cesión derechos distribución, feria, galerista, venta obra arte
Posted en General | Sin Comentarios »

15 Feb 2010

IVAS y venidas en ARCO

Por Beatriz Niño

Ahora que ARCO abre sus puertas (del 17 al 21 de febrero en Madrid) y ya que este año la ciudad invitada es Los Angeles, me ha venido a la cabeza la importancia que tiene el lugar donde se vendan las obras de arte.

Me explico: si la galería L.A. Louver  (que es una de las 17 galerías de Los Angeles que participará en esta edición de Arco) vende una obra en la feria a un coleccionista de París que visita su stand (y ojalá se vendan muchas!!!rialla) , la Administración entiende que la entrega se lleva a cabo allí mismo (o sea, en Madrid) y que, aunque el coleccionista pida a la galería que le envíe la pintura a París, la entrega se lleva a cabo en el lugar en que se encuentre la obra para ser transportada (o sea, también en Madrid). 

Si a este coctel le añadimos que un stand en una feria es un establecimiento permanente de la empresa a la que pertenece (en nuestro caso, un establecimiento permanente de la galería L.A. Louver), nos encontramos, en pocas palabras, que nuestro galerista estadounidense se verá salpicado por el IVA español.

La misma moraleja se tiene que aplicar el galerista español que tenga un stand en una feria en otro país con una regulación similar a la nuestra (todos los Estados miembros de la Unión Europea): para saber si será salpicado por algún IVA extranjero y hasta que punto va a verse manchada la paleta de colores de sus ingresos, nada mejor que informarse previa y localmente sobre las implicaciones fiscales de las operaciones que realice en el transcurso de la feria.

15 Febrero, 2010 at 18:52 by admin

Tags: ARCO; IVA; galerías de arte; ventas obras arte; ferias internacionales
Posted en Galerías de Arte | Sin Comentarios »

9 Feb 2010

Fotografiar un cuadro

Por Isabel Niño

El pasado lunes estuvimos en SIART Barcelona, el primer salón internacional de arte y tendencias que se celebrará hasta el próximo domingo 14 en el Palacio de Congresos de Cataluña.

Persona observando cuadroPudimos observar un reducido espacio artístico innovador para la escena creativa internacional y, además, cómo un fotógrafo profesional disparaba con su cámara las obras de arte captadas siempre con una persona colocada frente a las mismas observándolas.

¿Casualidad?, no, más bien respeto a la Ley de Propiedad Intelectual, por cuanto la ley autoriza la reproducción de cualquier obra, sin la autorización expresa del autor, si es a favor de la información pública para transmitir un acontecimiento de actualidad.

Es decir, si se reproducen las obras de arte siendo observadas por personas, estaremos dando una información de actualidad en lugar de realizar una mera reproducción. Y, por tanto, no necesitaremos ninguna cesión de derechos de autor. Derechos de imagen a parte, de los cuales hoy no hablamos.

Idéntico caso ocurre en la publicación dentro del catálogo que elaboran las casas de subasta de los cuadros que se subastarán, ya que dichas imágenes no precisarán de la concesión del derecho de reproducción siempre que conste la procedencia de la obra y su autor.

Caso distinto, como ya explicamos en nuestro post de 21 enero 2010, es el del catálogo de una exposición elaborado por un galerista que no puede ampararse en esta excepción.

9 Febrero, 2010 at 19:32 by admin

Tags: fotografía cuadro, información pública, reproducción de imágenes
Posted en Derechos de autor | Sin Comentarios »

1 Feb 2010

Esta obra de arte es falsa

Por Beatriz Niño

Subasta Nial Advocats

Me llamo Juliette y soy una fervorosa apasionada del arte. Como dijo Marcel Duchcamp “el arte es la idea”. Me encanta asistir a galerías, ir a museos y adquirir piezas de arte en subastas. Con los años he conseguido una colección que, aunque no es muy homogénea, a mi me entusiasma. Además, detrás de cada obra hay una historia.

Sin embargo, la última adquisición me ha provocado un verdadero quebradero de cabeza. Le había tirado el ojo a una obra estupenda de Salvador Dalí: un dibujo a dos tintas de un caballero con lanza. Nada más verla expuesta en los días previos a la subasta me dejó prendada. Precio de salida: 30.000 euros. Precio de martillo: 48.000 euros. Todo y que otro licitador se puso un poco duro,  finalmente me la adjudiqué.

Una vez con la obra en mi poder fui a la Fundación Gala Dalí a solicitar una valoración y la respuesta fue tajante: esta obra es falsa. Era la primera vez que me pasaba una cosa así. 48.000 euros tirados a la basura. Evidentemente, lo primero que hice fue volver a la casa de subastas y poner el grito en el cielo.  Sus respuestas fueron del todo evasivas: que si hablarían con su cliente anterior propietario de la obra, que si la obra estaba perfectamente documentada… ¿Podían sacárseme de encima tan alegremente?. Informándome sobre el tema descubrí que según la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios las casas de subastas son responsables, juntamente con los propietarios de los bienes, en este tipo de asuntos.

1 Febrero, 2010 at 18:34 by admin

Tags: casas de subastas; coleccionistas; obras de arte falsas; abogados arte
Posted en Casas de Subastas, Coleccionistas | Sin Comentarios »

28 Ene 2010

CREATIVE COMMONS

Por Isabel Niño

Símbolo Creative CommonsEn contraposición con el tradicional “All Rights Reserved” (Todos los derechos reservados) del conocido copyright existe una alternativa libre y gratuita que es el sistema del Creative Commons, “Some Rights Reserved” (Algunos derechos reservados).

Esta alternativa permite a los autores o a los titulares de los derechos de autor escoger qué derechos de explotación de la obra quiere ceder sin cobrar y en qué condiciones.

Consiste en un conjunto de licencias donde el propio autor (o el titular de los derechos de autor) escoge la que mejor le conviene.  Para hacerlo se le facilita en la web una página con dos preguntas: si quiere o no permitir que otros hagan un uso comercial de la obra y si quiere o no permitir la generación de obras derivadas. De la combinación de respuestas a estas dos preguntas se obtienen las seis licencias estándar actuales que son sencillas y comprensibles para que el usuario pueda conocer en qué condiciones puede utilizar la obra (en definitiva, si puede o no copiar, distribuir o comunicar públicamente la obra).

Todas estas licencias son de ámbito mundial. Y la cesión de los derechos, que es irrevocable, se extiende a la vigencia de los derechos de autor, aunque el autor se reserva el derecho a divulgar o publicar la obra en condiciones diferentes o incluso retirarla.

Y para que a todo el mundo le queden bien claros los limites de utilización de las obras, además, en los textos legales que aparecen en las licencias Creative Commons se lee la siguiente  frase: “Todos los derechos no cedidos expresamente por el licenciador (autor o titular de los derechos) quedan reservados”.

28 Enero, 2010 at 18:42 by admin

Tags: copyright, creative commons, Derechos de autor
Posted en Derechos de autor | Sin Comentarios »

21 Ene 2010

¿Y puede un galerista hacer fotos de las obras que tiene en su galería?

Por Beatriz Niño

Imagen cámara de fotosAnte esta pregunta ¿puede un galerista hacer fotos de las obras que tiene en su galería? la mayoría de las personas contestaría con un: “pues sí, claro”. Pero cuando nos adentramos en los recobecos de la Ley de Propiedad Intelectual la cosa cambia: hacer una fotografía de una pintura o de un dibujo es considerado una reproducción y, por tanto, englobado en los derechos patrimoniales del artista (recuerda derechos de autor = derechos morales + derechos patrimoniales).

Lo importante es entender que aunque el galerista sea propietario o exhiba obras de arte no tiene derecho a copiar su contenido más allá del ámbito privado. Así, si el galerista hace la foto para la base de datos de su galería o para mandarla a un cliente a ver si está interesado y la compra rialla, como estamos en el ámbito privado, no habrá ningún problema: se hace la foto, se utiliza y punto.

Ahora, si el galerista utiliza la foto para incluirla en un catálogo, para colgarla en su página web o para utilizarla en la invitación para la inaguración de una exposición, la cosa cambia: dejamos el ámbito privado para entrar en usos que se consideran de comunicación pública y por tanto, nuestro galerista necesitará la autorización previa y por escrito del autor o de sus herederos o de la entidad de gestión a la que el autor esté inscrito.

OJO!: Todo ello sin olvidar que hablemos de obras de artistas que no haga más de setenta años que hayan pasado a mejor vida.fer l'ullet

21 Enero, 2010 at 23:40 by admin

Tags: galerista; galerías de arte; propiedad intelectual; obras de arte; fotografías
Posted en Galerías de Arte | 2 Commentarios »

13 Ene 2010

¿Puede un galerista utilizar un texto escrito por un comisario?

Por Isabel Niño

Pongamos, por ejemplo, que un comisario escribe un texto para ilustrar la exposición de un artista. Posteriormente, esa exposición se muestra en una galería de arte. Y el galerista copia íntegramente el texto escrito por el comisario en el catálogo de su exposición.

¿Es legal esa reproducción que hace el galerista?. La respuesta es NO. Copyright

Sin lugar a dudas, el comisario, aunque no haya puesto el símbolo © en el texto, cuya inserción es voluntaria (pero como no cuesta un céntimo vale la pena insertar), tendrá pleno derecho a reclamar sus derechos de autor.

Entonces, ¿qué debe hacer el galerista para poder reproducir el texto del comisario en su catálogo?

El galerista deberá solicitar permiso, siempre por escrito, al comisario para reproducir su texto en el catálogo y, en el peor de los casos (ya que es el comisario quien decide si sí o si no), pagar al mismo sus derechos de autor.

13 Enero, 2010 at 18:03 by admin

Tags: comisario, copyrigth, derechos autor, galerista, reproducción
Posted en Galerías de Arte | Sin Comentarios »

23 Dic 2009

FELIZ NAVIDAD Y 2010 CON MUCHO ARTE!

Por Beatriz e Isabel Niño

A las puertas de las fiestas navideñas y con el año nuevo empujando para entrar (y ya será el 2010!!! que ya llevamos 10 años de siglo XXI!!!), nos unimos al sentimiento navideño colectivo de desearos unas FELICES FIESTAS y un INMEJORABLE 2010.

Seguimos con más artillería blogguera pasadas las fiestas.

postal_ navidad nial art law

23 Diciembre, 2009 at 14:01 by admin

Posted en General | Sin Comentarios »

« Entradas antiguas
  • Suscríbete:

    Dirección de E-mail:

    Delivered by FeedBurner

  • Entradas recientes

    • Falsificación obra de arte
    • Los tres coleccionistas, los sabios y los malvados
    • Venta en feria de arte
    • IVAS y venidas en ARCO
    • Fotografiar un cuadro
  • Categorías

  • Calendario

    Marzo 2010
    L M X J V S D
    « Feb    
    1234567
    891011121314
    15161718192021
    22232425262728
    293031  
  • Nube de etiquetas

    ABOGADOS Arte asegurar obra arte autentificar Barcelona BIC bien de interés cultural Castell de Sant Ferran Castillo de San Ferran Castillo de San Ferran; Castell de Sant Ferran; bien de interés cultural; BIC Catalunya ceder comisión comprar conservar declarar Denuncia Derecho donar euro exportar falsificar galerista Gremi Hacienda heredar herencia; obras de arte; testamento importar impuestos IVA IVA especial IVA especial; Galerías de Arte IVA general ladrón Nuestra Señora de las Mercedes; monedas de oro y plata Object ID Odissey póliza de seguro pagar impuestos participación; artistas; porcentaje; mercado del arte patrimonio histórico robar robo tasar vender
  • Enlaces

    • Castillo de San Ferran
    • Conferencia IVA especial
    • GGAC
    • Nial Advocats
Nial Advocats is proudly powered by WordPress
Powered by Ahora94
Entries (RSS) and Comments (RSS).